Inicio

Personas

Libranzas y créditosSin consultar Datacrédito SimuladorCalcula tu cuota Proceso4 pasos para tener tu dinero

Empresas

Capital de trabajoSolo empresas · OIG y cesión de derechos

Nosotros

Sobre nosotros Blog Empresas aliadasTasa preferencial

Ayuda

Portal PersonasConsulta y paga tu crédito Preguntas frecuentes PQRS
Ir al Portal Personas
Solo para empresas

Capital de trabajo · Cesión de derechos

Tu contrato de SECOP,
convertido en capital

La cesión de derechos económicos traslada a Tecnocash el derecho a recibir el pago de tu contrato. La entidad estatal acepta la cesión y gira directamente a nosotros — tu empresa recibe el capital para ejecutar hoy.

$3.736 MColocados con cesión
12Desembolsos
6Empresas
3Sectores
$3.736 Millones COP con cesión

en 12 desembolsos a 6 empresas contratistas, con tasas entre 23,50% y 29,50% — nuestra tasa más baja registrada está en esta línea.

Distribución por sector · millones COP

Vehículos
$1.455
Suministros
$1.281
Vigilancia
$1.000

Qué es la cesión de derechos

No cedes el contrato.
Cedes el derecho a cobrarlo.

Tu empresa sigue siendo el contratista y sigue ejecutando: la obligación de entregar el bien o el servicio no se mueve. Lo que se traslada a Tecnocash es únicamente el derecho económico — el derecho a recibir el pago. La entidad estatal acepta formalmente esa cesión y, desde ese momento, gira directamente a nosotros.

Aceptada por la entidad

No es un aviso ni una notificación: la entidad contratante acepta formalmente la cesión y queda obligada a girar al cesionario.

Giro directo

El pago va de la entidad a Tecnocash sin pasar por la cuenta del contratista. No hay ventana para que el flujo se desvíe.

Oponible a terceros

Una vez aceptada, la cesión es oponible: otros acreedores del contratista no pueden reclamar ese pago como si siguiera siendo suyo.

El flujo del dinero

Cinco pasos, y el pago
cambia de destinatario

Paso 01 de 05

Ganan el proceso en SECOP

Tu empresa se adjudica un contrato con una entidad estatal a través del SECOP, bajo la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.

La aceptación de la entidad es la pieza clave: sin ella no hay cesión oponible, y sin cesión oponible no hay desembolso.

Por qué importa

El contrato está firmado.
La caja, todavía no.

Entre la adjudicación y el primer pago hay meses en los que hay que comprar, contratar y entregar. La cesión de derechos cubre exactamente ese hueco.

Sin cesión

Tienes el contrato, pero no con qué ejecutarlo

  • El contrato exige comprar y entregar primero, y el pago llega semanas o meses después de la entrega.
  • La banca pide garantías reales que una empresa en crecimiento normalmente no tiene.
  • El contrato es tu mejor activo, pero nadie lo lee como garantía.
  • Se termina renunciando a contratos que ya se ganaron, por falta de capital de arranque.

Con cesión

El pago futuro financia la ejecución de hoy

  • El derecho al pago es la garantía. No pignoramos activos ni exigimos codeudores.
  • La entidad gira directamente a Tecnocash: el repago no depende de que alguien se acuerde de pagar.
  • Sigues siendo el contratista ante la entidad. La cesión no toca la ejecución ni tu relación contractual.
  • Puedes tomar el siguiente contrato sin esperar a que te paguen el anterior.

Detalle técnico

Para quien quiere
ver el mecanismo

Sin letra pequeña. Esto es lo que hay detrás de la figura, con nombre y norma.

La cesión de derechos económicos derivados de un contrato estatal se apoya en el Estatuto General de Contratación de la Administración PúblicaLey 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007 — y en las reglas generales de cesión de créditos del Código Civil y el Código de Comercio. Aplica a contratos adjudicados a través del SECOP.
Se suscribe el contrato de cesión entre tu empresa (cedente) y Tecnocash (cesionario), y se radica ante la entidad contratante. La entidad emite un acto de aceptación en el que reconoce al cesionario como titular del derecho al pago e instruye internamente el cambio de beneficiario del giro. Sin esa aceptación no desembolsamos: es la pieza que hace la cesión oponible.
Los efectos prácticos son equivalentes, pero el camino es distinto. La OIG solo existe en contratos del Mercado de Compras Públicas y se registra en el sistema de la Bolsa Mercantil de Colombia y en el SIIF Nación, con giro prioritario automático e inembargabilidad legal. La cesión aplica a contratos de SECOP y su fuerza viene de la aceptación de la entidad contratante. Puedes verlas comparadas lado a lado.
No. Se cede únicamente el derecho económico, es decir el derecho a recibir el pago. Tu empresa continúa siendo el contratista frente a la entidad y conserva íntegras sus obligaciones de ejecución, calidad, plazos y garantías. Esto no es una cesión del contrato.
A tus proveedores, no a tu empresa. Es un desembolso controlado que garantiza que los recursos se destinan exclusivamente a la ejecución del contrato financiado. Durante la ejecución hacemos seguimiento continuo del avance.
Entonces no hay operación por esta vía y te lo decimos de frente antes de que gastes tiempo. Algunas entidades tienen restricciones internas o el contrato mismo puede limitar la cesión. En esos casos revisamos si el contrato es elegible para OIG o para factoring sobre facturas ya emitidas.

La otra ruta

¿Tu contrato sí pasó
por la Bolsa?
Entonces va con OIG.

Si el contrato se adjudicó a través del Mercado de Compras Públicas, el instrumento es la Orden Irrevocable de Giro: se registra ante la BMC y en el SIIF Nación, es irrevocable e inembargable, y el giro a Tecnocash ocurre de forma automática y prioritaria.

SECOP
Cesión de derechos económicosAceptación formal de la entidad y giro directo a Tecnocash. $3.736 M colocados en 12 desembolsos.

Efectos jurídicos equivalentes

MCP · BMC
Orden Irrevocable de GiroRegistro en la BMC y en el SIIF Nación. Irrevocable e inembargable. $3.983 M en 19 desembolsos.

Solicitar información

Los campos marcados con * son obligatorios. Esta línea es exclusiva para personas jurídicas con un contrato adjudicado.

Al enviar, se abre tu programa de correo con la solicitud lista para gmalo@tecnocash.com.co. Solo tienes que pulsar enviar.